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3442 2019 - “Incidente Nº 54 - Incidentista: Waisman, Martin Javier s/incidente de verificación de crédito” – CNCOM – SALA C – 23/04/2025
Publicado por elDial.comCONCURSO PREVENTIVO. CRÉDITO LABORAL. INTERESES. MORIGERACIÓN. Apela la concursada la resolución que admitió el crédito insinuado por el acreedor laboral. Pautas liquidatorias establecidas por los jueces laborales que no son oponibles al concurso preventivo. Magistrado del proceso universal que es el único Tribunal competente para entender -una vez abierto el proceso- en la revalorización de las acreencias. Competencia en la materia que es de orden público. Imposibilidad de soslayar normas que rigen con estrictez la igualdad de trato de los acreedores preconcursales. Acreencias que podrán ser readecuadas de acuerdo a lo determinado para créditos idénticos. Tasa de interés reconocida a la actora en sede laboral que supera la que como regla general es admitida por la Sala, esto es, dos veces y media la tasa activa BNA. Se revoca el decisorio recurrido. Devueltos los autos a la instancia de trámite el magistrado de grado requerirá una nueva liquidación de los intereses con base en las pautas aquí fijadas. DISIDENCIA PARCIAL: Corresponde aplicar como límite máximo de los intereses reclamados -por todo concepto- el equivalente a una vez y media la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento, sin capitalizar.
Citar: elDial.com - AAEB65
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Términos mencionados en este fallo: laboral, intereses, concurso, magistrado, preventivo, liquidatorias, establecidas, laborales, oponibles, universal.
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