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28288/2017 – “Banco Santander Rio SA c/Marianovsky, Uriel s/ejecutivo” – CNCOM -SALA F – 03/07/2028
JUICIO EJECUTIVO. SALDO DEUDOR DE CUENTA CORRIENTE. Juez de grado desestima las defensas opuestas por el demandado, al considerar improcedente el debate relativo a la composición del saldo deudor en cuenta corriente y dicta sentencia de trance y remate. Ejecutado apela. Cierre de la cuenta corriente acaecida con posterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 26.994. Análisis de los requisitos tipificantes del título en ejecución que deben observar las prescripciones de dicha norma. Aplicabilidad del artículo 1406 del Código Civil y Comercial de la Nación. Constancia de saldo deudor en cuenta corriente bancaria que contiene tales requisitos. Título hábil. Obligaciones asumidas y propias de cada relación jurídica no pueden extenderse sin más a la otra. Efectos de ambos contratos (vgr. Cuenta corriente y sistema de tarjeta de crédito) que deben entenderse dentro de los límites de cada uno de ellos al obedecer a diferentes regímenes jurídicos. Se encuentra adecuado excluir los importes provenientes de operaciones derivadas del sistema de tarjeta de crédito y sus intereses (compensatorios y punitorios) en tanto el certificado base de las presentes no cumple con los requisitos previstos por los Arts. 39 y 41 de la Ley 25.065. Se modifica la resolución en crisis con el alcance mencionado.
Citar: elDial.com - AAAA04
Publicado el 02/08/2018
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Términos mencionados en este fallo: cuenta, corriente, deudor, ejecutivo, composición, requisitos, jurídica, derechos.