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abril  25, 2024

(5411) 4371-2806

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8740/2018 – “Incidente Nº 48 - Incidentista: Pedretta, Silvia Raquel y otro concursado: Asociacion Civil Universidad Argentina John F. Kennedy s/incidente de verificación de crédito” – CNCOM – SALA F – 07/09/2021

CONCURSO PREVENTIVO. INCIDENTE DE VERIFICACIÓN DE CRÉDITO. ABOGADOS. PRIVILEGIOS. Apela la concursada el pronunciamiento de grado que atribuyo el privilegio general establecido por el artículo 246, inciso 1, de la ley 24522 al crédito por honorarios de dos letrados que lo patrocinaron en causa laboral. Calidad que corresponde a un crédito para ser pagado con preferencia a otro y cuyo origen resulta exclusivamente de la letra de la ley. Cualidad que no se opone al deudor sino a otros acreedores para ser pagado en mejores condiciones que ellos. Imposibilidad de reconocer en un proceso concursal otros privilegios que los expresa y taxativamente receptados en el articulado de la ley 24.522. Interpretación restrictiva. PRIVILEGIO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 246, INCISO 1, DE LA LEY 24522 QUE SE REFIERE A LAS COSTAS JUDICIALES QUE EVENTUALMENTE CORRESPONDAN AL TRABAJADOR, Y NO A LOS DEMANDADOS EN SEDE LABORAL, PUES ES UNA NORMA QUE TIENDE A PROTEGER LOS INTERESES DE AQUÉL. Prestación que se debe por una causa jurídica diferente y carece de privilegio alguno. Se revoca el decisorio recurrido.

Citar: elDial.com - AAC707

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Términos mencionados en este fallo: privilegio, crédito, privilegios, honorarios, incidente, interpretación, concursada, establecido, preferencia, concursal.



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