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mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N°4.892/2019 – “K, E c/ Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires s/ Daños y perjuicios” – CNCIV – SALA H – 14/12/2023

DAÑOS Y PERJUICIOS. OMISIÓN DEL DEBER DE SEGURIDAD. Acción de daños y perjuicios contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires por las lesiones que sufriera el actor al caerse por una escalera cuando se encontraba realizando un trámite en un Centro de Gestión y Participación a raíz de unos granos de arroz que se encontraban desparramados en los escalones. RELACIÓN DE CAUSALIDAD. El vicio o riesgo de la cosa sólo tiene repercusión en tanto guarde un vínculo adecuado de causalidad con el daño sufrido suficiente para convertirse en una fuente de riesgos para terceros conforme lo que sucede según el curso normal y ordinario de las cosas. Resulta indiscutible la responsabilidad de la demandada por omitir su DEBER DE SEGURIDAD pues la comuna es titular del dominio público del edificio donde ocurrió el accidente y tiene la obligación de asegurarse que las escaleras tengan un mínimo y razonable estado de conservación, de modo que los ciudadanos que allí ingresen puedan desplazarse normalmente y sin peligro. Se encuentra probado que el PODER DE POLICÍA no fue ejercido en forma adecuada por el ente gubernamental. Se confirma la demanda por daños y perjuicios

Citar: elDial.com - AADCDD

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Términos mencionados en este fallo: riesgo, responsabilidad, perjuicios, gobierno, seguridad, escalera, causalidad, suficiente, ciudadanos, adecuada.



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