Ley N° 6584 - Los sujetos obligados, al publicitar bienes y servicios como gratuitos, no arancelados, deben comunicar en el mismo medio en el que realizan la promoción la siguiente leyenda: Las erogaciones realizadas son financiadas con recursos provenientes del aporte de los contribuyentes.
Buenos Aires, 3 de noviembre de 2022
Publicado en el B.O.: 01/12/2022
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