Disposición 23/2024 - MINISTERIO DE ECONOMÍA - SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES. Establécese para los todos los Buques y/o Convoyes de Barcazas de cualquier tipo y carga que transiten en la Vía Navegable Troncal, la obligatoriedad de contar con un CERTIFICADO DE COBERTURA OSRO (Oil Spill Response Organization), emitido por una empresa nacional debidamente habilitada por la Prefectura Naval Argentina en la Categoría Marítima A.1, de acuerdo a lo reglamentado por la Ordenanza 5/99, sin perjuicio de lo establecido por otras normas vinculadas con la prevención de daños ambientales en zona portuaria emanadas de las autoridades competentes. Los armadores y los Agentes Marítimos que representen a los Buques y/o Convoyes de Barcazas, serán responsables solidariamente frente a la Administración General de Puertos Sociedad del Estado por el incumplimiento por parte de los buques de su propiedad de lo dispuesto en la presente disposición.
Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2024
Publicado en el B.O.: 09/10/2024
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