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julio  18, 2026

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La provincialización de las causas de almirantazgo. Una crítica a la jurisprudencia rionegrina fundada en la confusión entre potestades administrativas y jurisdicción federal.

Por Marianela Holm

Publicado por elDial.com


“En la práctica judicial de la Provincia de Río Negro se advierte, con cierta reiteración, una interpretación que atribuye competencia a los tribunales provinciales en causas vinculadas con la navegación, sobre la base de que los hechos habrían ocurrido en aguas provinciales. Dicha postura suele apoyarse en normas que reconocen a las provincias facultades de dominio y administración sobre los recursos naturales del mar territorial, trasladando indebidamente esas atribuciones al plano de la jurisdicción judicial. El objetivo de este trabajo es demostrar que esa interpretación resulta dogmáticamente incorrecta, por cuanto confunde planos conceptuales distintos —dominio administrativo y jurisdicción judicial— y desconoce el régimen constitucional y legal que rige las causas de almirantazgo, caracterizadas por su competencia federal en razón de la materia.”

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Términos mencionados en esta doctrina: judicial, provinciales, jurisdicción, interpretación, competencia.

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