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El VS Promise en Ushuaia: la Ley Gaucho Rivero y los límites de las restricciones provinciales en los puertos

Por Alejandro Vega

Publicado por elDial.com


“La llegada del VS Promise al Puerto de Ushuaia el 24 de agosto de 2026 generó una importante controversia política y jurídica en Argentina. El buque, un petrolero de bandera británica registrado en la Isla de Man, ingresó a Ushuaia luego de operar en la zona norte de Tierra del Fuego. Su presencia provocó inmediatamente cuestionamientos por parte de las autoridades provinciales, quienes pusieron en duda la compatibilidad de su escala con la denominada Ley Gaucho Rivero. Por su parte, el Gobierno Nacional ha sostenido que la operación fue lícita y que no se infringió la legislación aplicable. La controversia resulta particularmente interesante desde la perspectiva del derecho marítimo, ya que involucra distintas cuestiones jurídicas que no necesariamente deben ser tratadas como una sola: la condición y nacionalidad del buque, la naturaleza y ubicación de sus operaciones anteriores, el alcance de la Ley Provincial N.º 852 y las respectivas competencias del Gobierno Nacional y de la Provincia de Tierra del Fuego sobre el Puerto de Ushuaia. El VS Promise es un buque tanque de grandes dimensiones, de aproximadamente 228 metros de eslora, con capacidad para transportar aproximadamente 500.000 barriles de petróleo crudo. Es importante destacar que el buque no arribó a Ushuaia procedente de las Islas Malvinas. Por el contrario, luego de operar en relación con actividades vinculadas con la producción de petróleo crudo en el sector norte de Tierra del Fuego, el buque se dirigió a Ushuaia para reabastecerse antes de continuar su viaje. Esta distinción resulta jurídicamente relevante. El punto central de la cuestión, por lo tanto, no es simplemente determinar si el buque enarbola bandera británica. La cuestión consiste en establecer si la actividad concreta desarrollada por el buque se encuentra comprendida dentro de las circunstancias expresamente contempladas por el artículo 2 de la Ley Provincial N.º 852.”

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Términos mencionados en esta doctrina: ushuaia, importante, controversia, británica.

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