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15286/2025 - “Dykerman, Debora Judith c/ Segura, Marcos Sebastian s/ejecutivo” – CNCOM – SALA A – 13/02/2026
Publicado por elDial.comJUICIO EJECUTIVO. PAGARÉ. INTERESES PACTADOS. LÍMITE. Apela la actora la sentencia de trance y remate en cuanto el juez de grado dispuso que, sobre el capital de la deuda ejecutada, fueran liquidados los intereses pactados, pero con el tope de una vez y media la tasa activa que percibe el Banco de la Nación Argentina en operaciones de descuento de documentos comerciales a treinta días. PARTES QUE PACTARON QUE, ANTE LA MORA EN EL PAGO DEL PAGARÉ EJECUTADO, SE DEVENGARÍA UN INTERÉS PUNITORIO EQUIVALENTE A DOS VECES Y MEDIA LA TASA ACTIVA QUE COBRA EL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA EN OPERACIONES DE DESCUENTO DE DOCUMENTOS COMERCIALES A TREINTA DÍAS. CLÁUSULAS CONTENIENDO PACTO DE INTERESES QUE SON ACORDES A LO ESTABLECIDO POR LOS ARTÍCULOS 768 Y 769 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL y, en sí mismas, son lícitas en la medida en que, por exceso no transgredan el orden moral. Previsión legal que no cercena en modo alguno la facultad genérica del órgano judicial de restringir la sanción punitoria. Procedencia, en obligaciones en pesos con réditos pactados, de hasta dos veces y media la tasa que percibe el Banco de la Nación Argentina en operaciones de descuento a treinta días por todo concepto. Parámetro uniformemente adoptado por las distintas Salas de este Tribunal en la actualidad. Tasa pactada que es coincidente con el límite que acepta la Sala. Se revoca el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAEF77
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Términos mencionados en este fallo: intereses, pactados, ejecutivo, operaciones, descuento, argentina, documentos, comerciales, establecido, facultad.
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