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Expte. N° CI-00587-F-2025 – “T.M.E. C/ S.M.H. s/ alimentos” - UNIDAD PROCESAL Nº 5 DE CIPOLLETTI (Río Negro) – 13/02/2026 (sentencia definitiva)
Publicado por elDial.comALIMENTOS. Demanda por alimentos contra el progenitor. Demandado socio mayoritario de una empresa y posee inmuebles, una lancha, vehículos, inversiones financieras en CRIPTOMONEDAS y en el extranjero una cuenta en dólares. CAPACIDAD ECONÓMICA DEL ALIMENTANTE. No registra trabajo en relación de dependencia. No posee ingresos fijos y constantes. Cuenta con capacidad económica y solvencia suficientes para afrontar el pago del quantum de la cuota alimentaria. TAREAS DE CUIDADO a cargo de la madre. Se fijar la CUOTA ALIMENTARIA en una suma equivalente a siete (7) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles
Citar: elDial.com - AAF1CD
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Términos mencionados en este fallo: alimentos, capacidad, alimentante, relación, económica, ingresos, progenitor, mayoritario, solvencia, afrontar.
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