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Expte. N° 5306/2026 - "FIDEICOMISO MEDAL COUNTRY CLUB PILAR c/ BUSTILLO, MARCELINO s/ COBRO DE SUMAS DE DINERO" – CNCIV – SALA C – 07/04/2026
Publicado por elDial.comCOBRO DE SUMAS DE DINERO. Se revocó la resolución de primera instancia que se había declarado incompetente y había dispuesto la remisión del expediente al fuero Comercial. Se atribuyó la competencia material al fuero Civil para entender en el reclamo de cobro de expensas y gastos comunes promovido por un fideicomiso inmobiliario contra el titular de una unidad funcional de un club de campo. Se fundamentó que la controversia se enmarca dentro de la regulación de los conjuntos inmobiliarios, concebidos por el Código Civil y Comercial de la Nación como un derecho real de propiedad horizontal especial. Se resolvió que el carácter comercial de la entidad o el tipo de actividad que explote la fiduciaria no desplaza la competencia al fuero mercantil, dado que las pautas subjetivas no fijan la jurisdicción comercial, la cual posee carácter excepcional y de interpretación restrictiva
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Términos mencionados en este fallo: comercial, competencia, conjuntos, inmobiliarios, propiedad, horizontal, expensas, dispuesto, inmobiliario, especial.
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