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abril  28, 2024

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La eficacia del contrato en el marco del dolo

Por Mariano Gagliardo

“La eficacia del contrato significa la entrada en vigencia en el mundo de la realidad jurídica de la autónoma reglamentación jurídica de intereses que conlleva el acto jurídico creado. Y como corolario de esta relación jurídica generada, existe un deber de respeto u observancia del contrato, resultando que las partes deben cumplimentar todas las prestaciones comprometidas (…) se identifica el dolo en la esfera de la responsabilidad contractual con el incumplimiento deliberado de la obligación por quien está en condiciones de satisfacerla. El dolo configurativo del delito civil requiere la concurrencia de dos pautas: la ejecución del acto a sabiendas y la intención de dañar en el dolo, hay previsión de resultado dañoso, buscado por el agente a través de su acto.”

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Términos mencionados en esta doctrina: jurídica, contrato, contractual, intención, eficacia, responsabilidad, sabiendas.

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