septiembre  8, 2026

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ACTUALIDAD JURÍDICA

Fallos del día 08-09-2026

  • Jurisprudencia / Federal / Comercial

    Amparo ambiental

    DERECHO ANIMAL. Acción de amparo contra un centro de investigaciones científicas por actos que amenazan la fauna silvestre del lugar, la integridad física y psíquica de los animales no humanos. Cruel...

  • Jurisprudencia / Nacional / Comercial

    Juicio ejecutivo

    FALLECIMIENTO DEL EJECUTADO ANTERIOR A LA CITACIÓN PARA RECONOCER FIRMA. IMPROCEDENCIA DE CONTINUAR EL PROCESO CONTRA LOS HEREDEROS. INEXISTENCIA DE RELACIÓN PROCESAL. ARTÍCULO 43 DEL CPCCN. El ejecu...

  • Jurisprudencia / Nacional / Tributario

    Impuesto a los ingresos brutos

    ACTIVIDAD NUCLEAR. Procedencia de la exención establecida en el art. 12 de la ley 26.566. Determinación de oficio por AGIP. Intromisión en el ejercicio de las potestades tributarias del gobierno fede...

  • Jurisprudencia / Salta / Laboral

    Prueba digital

    CONTROL DE ASISTENCIAS. DIFERENCIAS SALARIALES. SUSPENSIONES DURANTE LA PANDEMIA. ARTÍCULO 223 BIS LCT. CCT 362/03. PRUEBA INFORMÁTICA. REGISTROS BIOMÉTRICOS DE ASISTENCIA. AUTENTICIDAD DE REPORTES I...

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE

  • Doctrina

    LOS PROCESOS DE FAMILIA Y LA PERSPECTIVA DE INFANCIA: HACIA LA EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.

    En el presente trabajo la autora analiza la importancia de los procesos de familia como herramientas para garantizar la efectividad de los derechos de niños, niñas y adolescentes, a partir de un fallo que autorizó, con carácter cautelar, el viaje recreativo de una niña a Misiones y Brasil. Se destaca la necesidad de evitar que el rigorismo formal obstaculice la realización concreta de los derechos de las infancias y reivindica una perspectiva de infancia que conciba al niño como sujeto de derechos, autonomía progresiva, derecho a ser oído y especial situación de vulnerabilidad.

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  • Jurisprudencia

    FALLO FRENA LA REFORMA PENAL JUVENIL EN BUENOS AIRES POR FALTA DE INFRAESTRUCTURA Y RIESGO DE HACINAMIENTO.

    Un juzgado de responsabilidad penal juvenil de la provincia de Buenos Aires suspendió por 60 días la aplicación de la Ley 27.801 tras hacer lugar a un hábeas corpus preventivo. El fallo advierte que bajar la edad de punibilidad sin el equipamiento adecuado agravará la vulneración de derechos de los adolescentes y aumentará los niveles de violencia social.

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  • Legislación

    EL GOBIERNO REGLAMENTÓ EL NUEVO RÉGIMEN PENAL JUVENIL E INSTITUYÓ LA FIGURA DEL SUPERVISOR PARA MENORES DE ENTRE 14 Y 18 AÑOS.

    A través del Decreto 875/2026 el Gobierno reglamentó la Ley N° 27.801 y estableció los mecanismos operativos del sistema penal aplicable a adolescentes de entre 14 y 18 años. Regula la figura del supervisor especializado, la atención integral a las víctimas, el patrocinio jurídico gratuito y la creación del Comité Interministerial y la Mesa Federal para articular políticas con las provincias. La medida fundamenta su urgencia en la necesidad de fijar principios rectores e intervenciones basadas en evidencia para reducir la reincidencia delictiva de menores.

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  • Jurisprudencia

    MEDICINA PREPAGA Y PLAN CORPORATIVO: LA OBLIGACIÓN DE CONTINUIDAD NO IMPLICA MANTENER IDÉNTICAS CONDICIONES TRAS EL CESE LABORAL.

    La CSJN revocó la sentencia que ordenó a una prepaga mantener a los actores en su plan corporativo o idéntico tras el distracto laboral. Remitiéndose al Dictamen del Procurador Fiscal, se consideró que el marco normativo no impone a la prepaga mantener las mismas e idénticas condiciones de afiliación ofrecidas durante la vigencia del plan corporativo, sino que busca asegurar la posibilidad de que se produzca una continuidad en alguno de los planes que la empresa ofrece al público en general, a través de la preservación de ciertas condiciones adquiridas en la relación inicial.

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  • Legislación

    DECRETO 868/2026: EL PODER EJECUTIVO REFUERZA EL CONTROL SOBRE ACTIVIDADES HIDROCARBURÍFERAS EN MALVINAS Y EXIGE SU CUMPLIMIENTO PARA ACCEDER AL RIGI Y A PERMISOS DEL SECTOR.

    Mediante el Decreto 868/2026 se reglamenta y refuerza la aplicación de la Ley 26.659 frente a actividades hidrocarburíferas no autorizadas en la Plataforma Continental Argentina vinculadas con Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur. Designa a Cancillería como autoridad de aplicación, fija un procedimiento sancionatorio abreviado y obliga a informar posibles infracciones. Además, exige declaraciones juradas de cumplimiento de esa ley para adherir al RIGI y para obtener permisos, concesiones, autorizaciones o habilitaciones hidrocarburíferas.

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