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Consentimiento y autorización judicial para tratamientos de TRHA. Comentario a fallo: Expte. N° 166/2023 - “G., L. R. y M., R., M., M., s. Venias y dispensas” – TRIBUNAL COLEGIADO INSTANCIA ÚNICA CIVIL DE FAMILIA DE LA 4° NOMINACIÓN DE ROSARIO (Santa Fe) – 11/03/2024 (sentencia firme)
Por Noelia S. Carullo
Publicado por elDial.com
“Vivimos tiempos de profundos y permanentes cambios. Experimentamos nuevas formas de construir familias gracias, por ejemplo, al continuo desarrollo de las técnicas de reproducción humana asistida (en adelante, TRHA). Como al Derecho le cuesta agiornarse al gran dinamismo de las ciencias, se generan numerosos vacíos jurídicos. Sumado a ello, el empleo de estos procedimientos médicos visibiliza ciertas tensiones o conflictos bioéticos por la naturaleza de los valores en juego. Entonces, a la hora de analizar un fallo, debemos considerar sus perspectivas éticas, médicas, jurídicas.”
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Términos mencionados en esta doctrina: consentimiento.
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