Resumen de la Doctrina Volver >
La causa Sarlo y la separación de hecho como causa de exclusión de la vocación hereditaria
Por Luis A. Rodríguez Saiach
Publicado por elDial.com
Es de toda evidencia que la decisión de la Sala E de la Cámara Nacional en lo Civil es, procesalmente, correcta. Ello, por cuanto el proceso sucesorio, voluntario y extra contencioso no es el ámbito para decidir, sin prueba ni debate, una cuestión de fondo –exclusión del cónyuge supérstite- y menos, agrego por considerar la separación como un hecho notorio. Probado el elemento objetivo de la separación (no se necesita esforzarse mucho, pues debe haber muchas pruebas), la prueba del elemento subjetivo debe recaer sobre el cónyuge supérstite que pretende seguir unido. Entiendo que aquí juega la carga interactiva de la prueba (artículos 710 y 1735 del CCCN). El que está en mejores condiciones de acreditar este hecho es el que pretende no estar subjetivamente separado. Pues puede tener cartas, comunicaciones en las redes sociales u otros elementos que acrediten lo que está afirmando. No se puede caer en una mera aplicación mecánica de principios que, muchas veces, no se llevan bien con la realidad.
Copyright 2025 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en esta doctrina: separación, supérstite.
SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE
