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El Tribunal Superior de Justicia de Córdoba extiende el Proceso Declarativo Abreviado a las enfermedades profesionales
Por Gustavo D. Martínez Urrutibehety
Publicado por elDial.com
“A partir del 1º de agosto de 2025, la litigación en el fuero laboral de Córdoba capital dará un paso definitivo en la consolidación de la reforma procesal (LP 7987, mod. por LP 10596). Mediante el AR N° 1906, el TSJ dispuso la aplicación del Proceso Declarativo Abreviado (PDA) al último supuesto que quedaba pendiente del artículo 83 bis de la Ley 7987: las demandas por enfermedades profesionales rechazadas por la Comisión Médica Jurisdiccional. La medida, que abarca los rechazos fundados en la contingencia, el hecho generador, la relación causal o la calificación médico-legal, completa el plan de implementación progresiva previsto por la LP 10596. En la práctica, esto significa que todos los reclamos derivados del Régimen de Riesgos del Trabajo que transitan previamente por la Comisión Médica se tramitarán, de ahora en más, bajo la estructura del PDA.”
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Términos mencionados en esta doctrina: declarativo, abreviado.
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