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Criptoactivos y Derecho Procesal: ¿es posible garantizar lo intangible?
Por Lucía Beascoechea y Patricio Gustavo Groppo
Publicado por elDial.com
“A la fecha no existen normas que regulen la criptoeconomía. En paralelo y como contracara a ello, numerosos estudios demuestran que dicho sector es uno de los que ha tenido mayor crecimiento durante la última década, siendo Argentina uno de los países con mayor adopción y desarrollo de estas tecnologías. Entonces, si bien no puede negarse que la criptoeconomía genera valor, lo cierto es que también se encuentran artilugios de actores deshonestos que, valiéndose del anonimato y falta de control, pueden fácilmente desentenderse de las obligaciones en perjuicio de sus acreedores. Ante este panorama, cabe preguntarnos ¿es factible conciliar los caracteres de las medidas cautelares conforme la legislación actual con los nuevos paradigmas que traen estas tecnologías? ¿Deberían “suavizarse” los recaudos exigidos para el dictado de las medidas ante la urgencia o, por el contrario, se requiere un control más exhaustivo que exija un rol más “investigativo” por parte del juzgador?”
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Términos mencionados en esta doctrina: criptoeconomía, cautelares.
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