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octubre  19, 2025

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EL DECRETO 696/25: MEDIACIÓN A DISTANCIA. Comentarios y consideraciones especiales

Por María Alejandra Cortiñas

Publicado por elDial.com


“El nuevo art. 4 impone al Ministerio de Justicia la obligación de implementar un Sistema Informatizado de Gestión Integral de la Mediación Prejudicial Obligatoria (en adelante SIGIMPO) dentro de los 180 días corridos a partir de la entrada en vigor del decreto, prorrogables por única vez por 90 días corridos. Permitirá la notificación electrónica de las comunicaciones remitidas a las partes, la generación de actas en formato digital, la firma electrónica de las partes y letrados (con su debida autenticación), e incorporará la firma digital de los mediadores, así como las vinculaciones tecnológicas necesarias para registrar trámites de mediación, su acreditación ante el Poder Judicial, y la intercomunicación con mediadores, centros de mediación y entidades formadora. Esperamos con ansia su implementación, que otorgará certeza jurídica a nuestra actividad profesional.”

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Términos mencionados en esta doctrina: mediación, decreto, partes, sigimpo, ministerio, justicia, notificación, mediadores, obligación, corridos.

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