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diciembre  17, 2025

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¿Autonomía o Subordinación? El Régimen Municipal Argentino a la Luz de las Cartas y Leyes Orgánicas

Por Sofía Consiglieri, Facundo Tomás Basualdo, Federico Berisso, Lourdes Isabel Strada y Martina Vaineras

Publicado por elDial.com


“El federalismo fiscal argentino se basa en la distribución de competencias y recursos entre los distintos niveles del Estado: Nación, provincias y municipios. Este sistema busca garantizar que cada nivel de gobierno cuente con los medios necesarios para ejercer sus funciones de manera eficiente, respetando la autonomía política, administrativa y financiera de las provincias y los gobiernos locales. Dentro de este esquema, el municipio representa el nivel más cercano al ciudadano y cumple un rol esencial en la gestión de políticas públicas locales, la prestación de servicios y la promoción del desarrollo comunitario. Su importancia se reforzó con la reforma constitucional de 1994, cuyo artículo 123 de la Constitución Nacional establece que “cada provincia dicta su propia constitución conforme a lo dispuesto por la Constitución Nacional, asegurando la autonomía municipal y regulando su alcance y contenido en el orden institucional, político, administrativo, económico y financiero”. Este artículo consagra la autonomía municipal, entendida como la capacidad de los municipios para dictar sus propias normas de organización (institucional), elegir a sus autoridades (política), administrar sus asuntos internos (administrativa), gestionar sus recursos (económica) y decidir sobre sus finanzas (financiera). Sin embargo, su aplicación práctica varía según la provincia, ya que cada una define el alcance real de dicha autonomía en su constitución, en sus leyes locales o, simplemente en la práctica. Sin embargo, la aplicación real de esta autonomía no ha sido homogénea. Como señala Claudia Bernazza (2005), la institucionalidad municipal argentina presenta una gran diversidad de modelos según la historia, la geografía y la tradición política de cada provincia. En consecuencia, la autonomía reconocida por la Constitución Nacional se materializa de modo desigual: mientras algunas provincias han reformado sus constituciones para consagrarla expresamente, otras aún mantienen regímenes fuertemente dependientes del poder provincial. En nuestro trabajo intentaremos dar cuenta de esta realidad compleja del sistema municipal argentino, analizando cómo se expresa la autonomía prevista en el artículo 123 de la Constitución Nacional, las diferencias entre los modelos de carta y ley orgánica, y los desafíos que surgen en materia de financiamiento, coparticipación y tributación local.”

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Términos mencionados en esta doctrina: autonomía, constitución, municipal, argentino, provincias, nacional, recursos, municipios, política, artículo.

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