Limpiar filtros

Doctrina

Inicio / últimos artículos ingresados

mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen de la Doctrina Volver >

Algunas críticas al cálculo de la legítima, la acción de complemento, la acción de preterición y la trasmisión de bienes a los legitimarios en el Código Civil y Comercial

Por Lidia Beatriz Hernández


“El Código Civil y Comercial mantiene la institución de la legítima y los mismos legitimarios que el Código Civil, aunque disminuye las porciones y así reconoce a los descendientes dos tercios, a los ascendientes un medio y al cónyuge también un medio. Si bien se reconoce a la legítima como porción de la que los legitimarios no pueden ser privados, surge de las nuevas normas que se la ha desprotegido, por ejemplo, en el Art. 2459 que dispone la prescripción de la acción de reducción contra el donatario y contra el sub adquirente que han poseído la cosa donada durante diez años computados desde la adquisición de la posesión, o en el caso de art. 2461 que prevé un verdadero pacto sobre herencia futura de los legitimarios que podrían consentir la enajenación efectuada por el causante a uno de ellos, sea el acto oneroso o gratuito, lo que significa la posibilidad de renunciar a la colación y a la reducción en vida del causante, alterando el sistema de protección de la igualdad entre herederos y la protección de la cuota de legítima.”

Copyright 2018 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina


Términos mencionados en esta doctrina: legítima, legitimarios, código, acción, reconoce, porción, comercial, institución, reducción, preterición.

SUSCRIBITE PARA VER LA DOCTRINA COMPLETA

LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE