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Cónyuge separada de hecho, evolución y tratamiento en el régimen previsional argentino. Los factores que determinan su exclusión a la luz del Código Civil y Comercial de la Nación
Por Elizabeth Susana Díaz
Publicado por elDial.com
“Un tema “harto” ríspido ha sido, a lo largo del tiempo, el tratamiento de la “cónyuge separada de hecho”. Si bien en sede administrativa, la ANSeS ya había modificado su criterio con anterioridad a la sanción del actual Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), lo cierto es que a partir de la vigencia del actual código de fondo, la situación de la separada de hecho se encauzó, echando luz a la resolución de los casos de pensiones requeridas por los cónyuges que interrumpen el vínculo marital.”
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Términos mencionados en esta doctrina: separada, tratamiento, comercial, administrativa.