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Vulneración social, y discapacidad. La obligación del estado en la prestación del derecho a la salud y educación
-Comentario a fallo A.M.S. A c/ G.C.B.A s/ Amparo, Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de ciudad de Buenos Aires 9/11/2018-
Por María Silvina Matioli
Publicado por elDial.com
“La salud representa un bien jurídico de carácter universal, constituye el eje de los derechos humanos y sociales que deben ser protegidos por los Estados con acciones positivas. Es necesario abordar procesos de transformación relacionales y complejos para que el acceso al derecho a la salud no aparezca como una situación cotidiana su vulneración y destrato, contrayendo la universalidad armoniosa en la materia.”
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Términos mencionados en esta doctrina: derecho, derechos, sociales, discapacidad.