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Procesos judiciales y sujetos vulnerables. Todos somos vulnerables
Por José Manuel del Cerro
Publicado por elDial.com
“El concepto de vulnerabilidad no es estático. De continuo se presentan situaciones que muestran nuevos colectivos “débiles”, que merecen un tratamiento diferenciado, a los que se debe estar alerta, a fin de crear situaciones de desigualdad. Mantener la distribución de las competencias y procesos, siguiendo estándares clásicos (civil, comercial, laboral, familia contencioso-administrativo; procesos ordinarios, sumarios sumarísimos, etc.) al que se le adicionan capacitaciones para atender e identificar situaciones de vulnerabilidad, no alcanza.”
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Términos mencionados en esta doctrina: procesos, situaciones, vulnerables, vulnerabilidad, colectivos.