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Expte. N° 63.903 - “N. A. M. M. I. s/ adopción” – JUZGADO DE FAMILIA Nº 1 DE CORRIENTES – 10/05/2017 (Sentencia firme)
Publicado por elDial.comADOPCIÓN PLENA. Guarda directa de un niño desde hace más de diez años. Admisibilidad al momento de la entrega. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Recursos necesarios de la accionante para el ejercicio de la maternidad. Adaptación e integración del niño al seno familiar. TRATADOS INTERNACIONALES. LEY 26061. Cumplimiento de las finalidades propias de la guarda con fines de adopción por la consolidación del vínculo filial entre la actora y el niño. Interpretación integradora de la normativa. SE HACE LUGAR A LA DEMANDA Y SE DECLARA LA INCONSTITUCIONALIDAD DE LOS ARTÍCULOS 611, 613, ARTÍCULO 600 inc. b) y 634 inc. h) DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. SE OTORGA LA ADOPCIÓN PLENA DEL NIÑO
Citar: elDial.com - AA9FD7
Publicado el 04/07/2017
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Términos mencionados en este fallo: adopción, superior, convención, derechos, adopción, recursos, comercial, audiencia, vínculos, internacional.
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