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Expte. N° 397/2014 - “S. s/ Violencia familiar” - JUZGADO DE FAMILIA DE RAWSON (Chubut) - 01/09/2017 (Sentencia firme)
Publicado por elDial.comOBLIGACIÓN ALIMENTARIA DE LOS PROGENITORES. Mora en el cumplimiento. Contexto de violencia física y económica. Maniobra de interposición de persona para evitar la exposición a la acción para cobrar la deuda. Art. 553 del CCCN. Medidas razonables para asegurar el cumplimiento. Obstaculización de clientela. Clausura del comercio. Secuestro de celular. Prohibición a empresa de telefonía de la expedición de un nuevo chip. Costas e intereses que se calcularán al triple de la tasa de interés por operaciones generales vencidas. Medidas que subsistirán hasta que se abonen las cuotas adeudadas
Citar: elDial.com - AAA145
Publicado el 07/09/2017
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Términos mencionados en este fallo: medidas, violencia, cumplimiento, alimentaria, contexto, interposición, asegurar, operaciones.
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