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16181/2015 – “Establecimiento Rio Grande S.A. s/ concurso preventivo s/incidente de revisión de crédito” – CNCOM – SALA F – 28/12/2017
Publicado por elDial.comCONCURSO PREVENTIVO. INCIDENTE DE REVISIÓN DE CRÉDITO. CADUCIDAD DE INSTANCIA. Juez de grado, a pedido de la concursada declara operada la caducidad de la instancia. Incidentista apela. Prórroga de 20 días solicitada y concedida al perito para realizar su informe. Plazo de caducidad que debe computarse desde que venció la prórroga aludida. Interpretación del art. 6 del Código Civil y Comercial de la Nación. Término que no se encuentra cumplido. Se revoca el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAA55C
Publicado el 06/02/2018
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Términos mencionados en este fallo: caducidad, instancia, concurso, preventivo, incidente, prórroga.
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