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Expte. n° 70.380/17 - “P., M. S. c/ H., F. O. s/ Fijación de compensación económica – Arts. 441 y 442 CCCN” – CNCIV - SALA A – 13/07/2018
Publicado por elDial.comDIVORCIO. COMPENSACIÓN ECONÓMICA. Artículos 441 y 442 del CCCN. CADUCIDAD. DESESTIMACIÓN. Carácter suspensivo de la mediación previa obligatoria. ARTÍCULO 18 DE LA LEY 26589. Reflexiones en torno al término de la caducidad de los derechos. Diferencias con respecto a la prescripción. Principio general. Excepción prevista en el Art. 2567 del CCCN. Plazo previsto en el Código Civil y Comercial para entablar el reclamo que resulta exiguo. SE CONFIRMA LA DESESTIMACIÓN DE LA CADUCIDAD INVOCADA
Citar: elDial.com - AAAA8C
Publicado el 15/08/2018
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Términos mencionados en este fallo: caducidad, mediación, prescripción, disposición, desestimación, obligatoria, derechos, principio.
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