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agosto  2, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. L - 129800 - “Muzychuk, Claudio Rubén contra La Segunda Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Accidente de trabajo -acción especial - SCBA - 14/07/2025

Publicado por elDial.com

RIESGOS DEL TRABAJO. DNU 669/19. LEY 24557. ACTUALIZACIÓN. INTERESES. El decreto de necesidad y urgencia 669/19, a efectos de definir la cuantía del ingreso base, modificó lo dispuesto en el segundo inciso del art. 12 de la ley 24557. Reemplazó el ajuste por interés de tasa activa que había sido establecido por ley 27348 por una tasa de variación de RIPTE. El constituyente de 1994 incorporó los decretos de necesidad y urgencia en el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional como salvedad a la interdicción que ese mismo precepto instituye relativo a que el Poder Ejecutivo no puede ejercer actos legislativos. La Corte Suprema ha resuelto que para que el Presidente pueda ejercer legítimamente las excepcionales facultades legislativas que en principio le son ajenas es necesariamente la concurrencia de alguna de estas dos circunstancias: a) que le sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario previsto por la Constitución por imposibilidad de las cámaras del Congreso para reunirse; o b) que la situación sea de urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes. La invalidez del DNU 669/19 es incontrastable pues no se ha justificado la potestad ejercida, tanto en lo relativo a la configuración de una emergencia cuanto a la imposibilidad de seguir el procedimiento legislativo. Tal decreto traduce la decisión del poder administrador de modificar la Ley de Riesgos del Trabajo de manera permanente sin recorrer el cauce ordinario que la Constitución prevé. En su dictado primaron razones de practicidad o conveniencia, lo que es bien diferente a la configuración de una impostergable necesidad justificante de la medida y a la imposibilidad de tratarla en el recinto legislativo. El DNU 669/19 no reúne los requisitos que el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nación inexorablemente establece para su dictado, por lo que cabe confirmar la sentencia que lo declaró inconstitucional.

Citar: elDial.com - AAEA33

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Términos mencionados en este fallo: decreto, necesidad, urgencia, constitución, trabajo, modificó, dispuesto, reemplazó, establecido, decretos.



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