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Expte. N° FSM 33.765/2025 - "J.,O.G. y otro c/ Estado Nacional/Presidencia De La Nación s/ amparo ley 16.986" - JUZGADO FEDERAL DE CAMPANA – 18/08/2025 (Sentencia no firme)
Publicado por elDial.comDISCAPACIDAD. INVALIDEZ DEL ART. 3 DEL DECRETO 534/2025 MEDIANTE EL CUAL EL PEN OBSERVÓ TOTALMENTE LA LEY 27.793 DE EMERGENCIA NACIONAL EN DISCAPACIDAD. Control de constitucionalidad y convencionalidad. La imposibilidad de que la ley mencionada rija, genera una alarmante pérdida de poder adquisitivo tanto para las personas comprendidas en la ley, como para sus familias, las instituciones educativas y de rehabilitación, y los profesionales que los atienden. Consideración que la obligación de destinar el máximo de los recursos disponibles no puede subordinarse a pactos o acuerdos políticos que impliquen un retroceso en derechos fundamentales. VUNERABILIDAD. Deber del legislador de estipular respuestas especiales y diferenciadas para los sectores vulnerables. Principio de progresividad. Derecho al cuidado. Garantía de igualdad ante la ley. Discriminaciones inversas. Cuotas benignas. Veto presidencial regulado en el Art. 83 de la Constitución Nacional.
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Términos mencionados en este fallo: nacional, discapacidad, estado, decreto, genera, invalidez, emergencia, constitucionalidad, convencionalidad, imposibilidad.
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