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octubre  20, 2025

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 119/18 – “A C V C/ C F J y otros s/ daños y perjuicios” - CÁMARA EN LO CIVIL Y COMERCIAL COMÚN DE CONCEPCIÓN DE TUCUMÁN (Tucumán) - SALA I – 04/09/2025

Publicado por elDial.com

DAÑOS Y PERJUICIOS. MALA PRAXIS MÉDICA. PARTO HUMANIZADO. Acción de daños y perjuicios contra personal médico e institución hospitalaria POR MALA PRAXIS MÉDICA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y VIOLENCIA OBSTÉTRICA. Se confirma. Deficiente asistencia médica. Cesárea de urgencia y posterior histerectomía. Bebé fallecido de forma intrauterina. Actuación negligente del médico tratante. Omisión de controles y protocolos. Falta de información a la paciente. Trato deshumanizado. Pérdida del útero. Violencia obstétrica como una forma de violencia de género. Se ordena implementar capacitaciones obligatorias en perspectiva de género para el personal en especial, las referidas a violencia obstétrica, y si las mujeres embarazadas cuentan con la información necesaria en relación a sus derechos, tanto a los nacimientos con vida o sin vida de sus bebés. Daño moral, psicológico, material y violencia obstétrica

Citar: elDial.com - AAEC97

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Términos mencionados en este fallo: violencia, asistencia, perjuicios, obstétrica, paciente, humanizado, personal, información, relación, derechos.


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