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Expte. Nº 8901/F - "B M G c/ Guay Meet S.A. s/ incidente" - CÁMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL DE GUALEGUAY (Entre Ríos) - SALA PRIMERA – 09/09/2025
Publicado por elDial.comALIMENTOS. Se confirma que una empresa deberá abonar a la actora en concepto de cuota alimentaria el equivalente al 30% de la indemnización por despido abonada al padre de su hijo. ART 551 CCyC. Responsabilidad solidaria del empleador como medida para hacer viable y efectivo los derechos alimentarios
Citar: elDial.com - AAED13
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Términos mencionados en este fallo: indemnización, alimentos, responsabilidad, solidaria, empleador, derechos, concepto, efectivo, retención, perjuicio.
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