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Expte. CNT 32770/2019/1 - “Recurso de hecho deducido por el actor en la causa Merlani, Patricio Ezequiel c/ Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata s/ despido” - CSJN - 23/12/2025
Publicado por elDial.comDESPIDO. SENTENCIA DEFINITIVA. TRIBUNAL ADMINISTRATIVO. AGRAVIO CONJETURAL. La sentencia apelada no es definitiva ni equiparable porque los planteos destinados a cuestionar la validez del trámite ante el Tribunal Administrativo del FONPLATA, que aún no ha intervenido, se basan en agravios futuros o meramente conjeturales. No existe en la actualidad una afectación concreta de las garantías constitucionales y, por consiguiente, resulta prematuro pronunciarse sobre el particular antes de que el tribunal no escuche o desestime el reclamo. EL SOMETIMIENTO SIN RESERVAS A LA JURISDICCIÓN DE LOS ENTES INTERNACIONALES IMPIDE EL CUESTIONAMIENTO ULTERIOR DE SU IDONEIDAD O LA ALEGACIÓN DE PRIVACIÓN DE JUSTICIA. En el caso cuenta como reserva suficiente el hecho de que el actor haya promovido el litigio en sede argentina y planteado la inconstitucionalidad de la inmunidad de jurisdicción. El actor podrá en el futuro, luego de agotar el procedimiento administrativo previsto en el ámbito del Fondo, acudir a la instancia judicial pertinente para que se estudien eventuales afectaciones al debido proceso.
Citar: elDial.com - AAEE48
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Términos mencionados en este fallo: tribunal, administrativo, sentencia, definitiva, equiparable, planteos, destinados, cuestionar, fonplata, intervenido.
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