Resumen del Fallo Volver >
Expte. N° 6063/2020 - “AIRBNB MARKETING SERVICES S.L.U. y AIRBNB IRELAND UC c/ GENERALITAT DE CATALUNYA s/ servicios de la sociedad de la información” - TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA- SALA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - 07/01/2022
Publicado por elDial.comRESPONSABILIDAD DE LAS PLATAFORMAS DIGITALES TURÍSTICAS. Se confirma que AIRBNB presta un SERVICIO DE INTERMEDIACIÓN DIGITAL regulado por la DIRECTIVA 2000/31/CE y la LSSI. Se admite la aplicación concurrente de la normativa sectorial turística. Se considera legítima la exigencia de exhibir el NÚMERO DE INSCRIPCIÓN REGISTRAL de los alojamientos anunciados, sin que ello suponga una OBLIGACIÓN GENERAL DE SUPERVISIÓN ni vulnere el PRINCIPIO DE CONTROL EN ORIGEN
Citar: elDial.com - AAEE56
Copyright 2026 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: normativa, información, regulado, directiva, sociedad, servicio, sectorial, exigencia.
Análisis con IA
¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE