Resumen del Fallo Volver >
13836/2024 – “Obra Social del Personal de Industrias Químicas y Petroquímicas s/ concurso preventivo - JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 15 - Secretaría Nº 30 – 13/02/2026 (sentencia no firme)
Publicado por elDial.comCONCURSO PREVENTIVO. CRAMDOWN POWER. Concursada que no obtuvo las mayorías legales pertinentes. Juez de grado que, ante la obtención de al menos el setenta y cinco por ciento (75%) del capital quirografario y la eventual aplicación del instituto previsto en el artículo 52 de la ley 24522 habilitó el plazo del artículo 50 de la ley citada para que los acreedores formularan las impugnaciones pertinentes. Acreedores que no formularon impugnaciones. Deudora que obtuvo, al menos, la aprobación de la propuesta por una de las categorías de acreedores quirografarios. Concursada que alcanzó la conformidad de al menos tres cuartas partes (75%) del capital quirografario con derecho a voto. Inexistencia de discriminación en perjuicio de los acreedores disidentes. Informe individual e informe general de los que no se vislumbra que el pago propuesto resulte inferior al que correspondería percibir a los acreedores quirografarios en un escenario de quiebra. CONCURSADA, QUE ES UNA OBRA SOCIAL QUE PRESTA SERVICIOS DE SALUD A UNA UNIVERSALIDAD DE AFILIADOS, CUYA CONTINUIDAD OPERATIVA REVISTE INTERÉS NO SOLO PARA LOS ACREEDORES SINO TAMBIÉN PARA EL CONJUNTO DE LOS BENEFICIARIOS DEL SISTEMA. HOMOLOGACIÓN DEL PRETENSO ACUERDO POR LA VÍA EXCEPCIONAL DEL ARTÍCULO 52, INCISO 2, DE LA LEY 24522 QUE APARECE -EN PRINCIPIO- COMO UNA SOLUCIÓN RAZONABLE, PROPORCIONADA Y ACORDE, QUE DEBE SER CONSIDERADA AUN DE OFICIO CON LOS FINES PREVENTIVOS DEL RÉGIMEN CONCURSAL. Posibilidad de evitar una quiebra que podría comprometer la prestación de servicios esenciales, sin sacrificar las garantías mínimas de los acreedores disidentes. Se homologa la propuesta mejorada en los términos que fluyen del presente pronunciamiento, y teniendo en consideración las condiciones generales de la misma en lo que al pago de las cuotas concordatarias se refiere, declarando la conclusión del procedimiento y se ordena mantener su inhibición general de bienes.
Citar: elDial.com - AAEF34
Copyright 2026 - elDial.com - editorial albrematica - Tucumán 1440 (1050) - Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina
Términos mencionados en este fallo: concursada, mayorías, concurso, preventivo, quirografario, artículo, cramdown, pertinentes, eventual, instituto.
Análisis con IA
¿PROBASTE NUESTROS SERVICIOS?
LIBROS Y CURSOS JURÍDICOS QUE PODRÍAN INTERESARTE