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CSJ 663/2016 – “Obra Social Para La Actividad Docente (OSPLAD) c/ Corrientes, Provincia de s/ejecución fiscal” – CSJN - 30/04/2024
DEPÓSITO JUDICIAL. CÁLCULO DE INTERESES. RECHAZO A LA IMPUGNACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN PRACTICADA POR LA OBRA SOCIAL. Consideración que para detener el curso de los intereses no basta solo con el depósito judicial del monto adeudado, sino que para que ese depósito extinga la obligación debe ser íntegro y comunicado al acreedor.
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Términos mencionados en este fallo: intereses, depósito, provincia, judicial, corrientes, liquidación, ejercicio, practicada, adeudado, obligación.