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mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. Nº 86.824 / 50.999 - “Llanos Bazán, Matías Miguel c/ Ceppi, Cristian p/ Ordinario” - QUINTA CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL DE LA PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN DE MENDOZA – 21/05/2015

CONTRATOS. Compraventa de automotor. VICIOS REDHIBITORIOS. Comparación del régimen plasmado en el Código Civil con el de la Ley 24.240 y el previsto en el NUEVO CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL. Prescripción, carga de la prueba, responsabilidad por daños y perjuicios. Disparidad de efectos según el sistema aplicable. APLICACIÓN DE OFICIO DE LA LEY 24.240 AL PRESENTE CASO. Se declara resuelto el contrato. Entrega del automotor en el estado en que se encuentra y devolución del dinero. Abono de una suma por gastos y privación de uso. Intereses. Cómputo

Citar: elDial.com - AA9257



Publicado el 15/10/2015

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Términos mencionados en este fallo: código, contratos, prescripción, compraventa, comercial, automotor, redhibitorios, disparidad.



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