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mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

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Sent. n° 100 – “Silvero Hipolito Jose c/ Carbo S.A. y/o asociart ART. S.A. y/o quien o quienes resulten responables s/ laboral” – STJ DE CORRIENTES – 09/12/2015

CRÉDITOS LABORALES. INTERESES. Tasa aplicable. La suma de intereses moratorios no debe ser excesiva o abusiva. Cálculo dentro de los límites razonables y prudentes. Vinculación con la moral y las buenas costumbres. Principio receptado por el Art. 771 del Código Civil y Comercial. Facultades judiciales. Se fijan los intereses desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago, conforme a la TASA ACTIVA –segmento 1–. Recurso de inaplicabilidad de ley. Admisión parcial

Citar: elDial.com - AA93EF



Publicado el 13/01/2016

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Términos mencionados en este fallo: intereses, laborales, prudentes, corrientes, moratorios, excesiva, razonables, costumbres, principio, comercial.



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