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Expediente n° 11.079/2012 - “Becerra, María del Valle c/ Realtyprop S.R.L. y otro s/ ordinario” – CNCOM - 12/11/2015
REINTEGRO DE SUMA DE DINERO. INTERMEDIACIÓN INMOBILIARIA. Reclamo de reparación por privación de uso de dinero dado en concepto de comisión inmobiliaria por una compraventa no concluida. ADMISIÓN. Art. 4, ley 24240. DEBER DE INFORMACIÓN. Arts. 1100 y 1347, inc b y c, cciv y com. El corredor inmobiliario violó el deber de información lo que constituye el factor de atribución de la responsabilidad por la frustración del negocio y lo que obsta a que cuente con derecho a reclamar para sí el cobro de la comisión
Citar: elDial.com - AA9403
Publicado el 22/01/2016
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Términos mencionados en este fallo: comisión, corredor, inmobiliaria, información, intermediario.