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Expte. 60.266/10 - “Galeno Argentina S. A. c/ V., M. L. y Otros s/ cobro de sumas de dinero” – CNCIV – SALA B - 21/04/2016
OBLIGACIONES. PAGO. Ejecución de la prestación por un tercero. Accidente de tránsito sufrido por afiliado. Reclamo del reintegro de sumas de dinero que pagó la empresa de medicina prepaga por prácticas médicas efectuadas como consecuencia del evento dañoso. Obligación a cargo de los responsables del accidente. SUBROGACIÓN LEGAL. Artículo 768 inciso 3º del Código Civil derogado (actuales artículos 881, 882, 914, 915 y 919 del Código Civil y Comercial de la Nación). Intereses. Artículo 768 del CCCN. Doctrina del plenario “Samudio”. Se confirma la sentencia que hizo lugar a la acción de cobro de sumas de dinero
Citar: elDial.com - AA9709
Publicado el 30/05/2016
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Términos mencionados en este fallo: prestación, accidente, afiliado, obligación, reintegro, medicina.