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abril  28, 2024

(5411) 4371-2806

Resumen del Fallo Volver >

15214/2013 – “Zeitoune Elias Rodolfo s/quiebra” – CNCOM – SALA E – 07/04/2016

QUIEBRA. Síndico peticiona, en los términos del art. 109 de la ley 24.522, se declare la ineficacia de la inscripción bajo el régimen de bien de familia de la vivienda del fallido y su familia. Sometimiento del inmueble a la protección del régimen reglado por la ley 14394 con posterioridad al decreto de quiebra. Acto que no es pasible de ser sancionado de ineficaz en los términos de la LCQ: 109. Cuestión que debe analizarse a la luz de los arts. 244 a 256 del Código Civil y Comercial de la Nación ya que ese beneficio no produce efectos retroactivos. Falta de legitimación del síndico para solicitar la inoponibilidad del bien de familia que fijaba el artículo 38 de la ley 14.394 –actualmente regulada por el artículo 249 del Código Civil y Comercial de la Nación- aun cuando contara con una masa integrada por acreedores a los que no les es oponible la afectación. Sanción que opera exclusivamente frente a los acreedores concursales. Inadmisibilidad.

Citar: elDial.com - AA9894



Publicado el 11/08/2016

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Términos mencionados en este fallo: quiebra, régimen, familia, vivienda, protección, términos, posterioridad, sometimiento, cuestión, comercial.



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