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Expte. 67.183/2011/CA002 - “D. T. N. D. c/L. G. R. s/Divorcio” – CNCIV – SALA C – 07/06/2016
DIVORCIO. Inicio de la demanda durante la vigencia del Código Civil derogado. Causales subjetivas. Entrada en vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación antes del dictado de la sentencia. Aplicación inmediata. Divorcio que se decretó a la luz de la nueva normativa. Artículos 437, 438 y 480 del CCCN. COSTAS DEL PROCESO CUYO OBJETO HA DEVENIDO ABSTRACTO: DISTRIBUCIÓN EN EL ORDEN CAUSADO. Confirmación. No existen elementos que permitan evaluar la razón que asistió a cada una de las partes a litigar o defenderse al amparo de la ley derogada
Citar: elDial.com - AA989F
Publicado el 16/08/2016
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Términos mencionados en este fallo: divorcio, vigencia, aplicación, normativa, imposición.