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Expte. 51303/2012 – “L. G. M. s/Control De Legalidad” – JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL Nº 8 - 15/07/2016 (Sentencia no firme)
ADOPCIÓN. DECLARACIÓN JUDICIAL DE SITUACIÓN DE ADOPTABILIDAD. Niña institucionalizada. Disfuncionalidad del grupo familiar de origen. Violencia, maltratos y abandono. Progenitora que no intentó restablecer el vínculo pese a las numerosas estrategias tendientes a la reinserción de la niña en el seno familiar. Vulnerabilidad social. ESTRECHO VÍNCULO AFECTIVO GENERADO CON UN MATRIMONIO DURANTE LA PERMANENCIA EN EL HOGAR. Referentes afectivos. Deseo de la niña de vivir con ellos. Pedido de guarda preadoptiva. FALTA DE INSCRIPCIÓN COMO PRETENSOS ADOPTANTES EN LA DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO ÚNICO DE ASPIRANTES A GUARDA CON FINES DE ADOPTIVOS (D.N.R.U.A). Se ordena evaluación de idoneidad para este caso concreto con carácter urgente. ART. 611 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN (prohibición de guarda de hecho). INCONSTITUCIONALIDAD y ANTICONVENCIONALIDAD. Norma que no prevé, ni aún a modo de excepción, las situaciones de hecho marcadas por la SOCIOAFECTIVIDAD O IDENTIDAD DINÁMICA. Lesión del interés superior del niño
Citar: elDial.com - AA9AB2
Publicado el 09/11/2016
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Términos mencionados en este fallo: guarda, nacional, adoptabilidad, registro, familiar, abandono, permanencia, pretensos, adoptantes, aspirantes.