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abril  26, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. nº 5421-F - "A. J. Y A. J. G. s/ declaración de estado de abandono y guarda para futura adopción" - CÁMARA DE APELACIONES CIVIL Y COMERCIAL DE GUALEGUAYCHÚ (ENTRE RÍOS) - SALA PRIMERA – 10/11/2016

ADOPCIÓN. ESTADO DE PREADOPTABILIDAD. Madre con problemas de salud mental. Procesos judiciales en los cuales no se visualizó su derecho de criar a sus hijos. Incumplimiento del deber del Estado de procurarle servicios de apoyo para incrementar el nivel de autonomía en la vida cotidiana y el ejercicio de los derechos. NIÑOS EN RIESGO. Inexistencia de familiares que pudieran contenerlos. SUPERIOR INTERÉS DEL NIÑO. Agotamiento de las posibilidades de permanencia en la familia de origen o ampliada. ARTÍCULO 595 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Armonización de los diversos intereses en juego. SE CONFIRMA LA DECLARACIÓN DE ADOPTABILIDAD, debiéndose tener en cuenta el perfil de los adoptantes propensos a respetar la historia de vida de los niños y la vinculación de los mismos con su madre biológica

Citar: elDial.com - AA9D09



Publicado el 17/02/2017

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Términos mencionados en este fallo: estado, derechos, ejercicio, posibilidades, personas, familiar.



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