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CSJ 875/2016/CSl – “L., P. L. c/ R., C. G. s/ derecho de comunicación (art. 652)” – CSJN – 11/04/2017
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES. DERECHO DE COMUNICACIÓN. COMPETENCIA. Juzgado Provincial de Familia y Juzgado Nacional Civil que se declaran competentes para entender en la causa. Art. 716 del CCCN. Niña nacida en CABA. Traslado a la provincia de Corrientes por parte de la madre. IMPOSIBILIDAD DE DETERMINAR SI EL CENTRO DE VIDA SE SITÚA EN EL LUGAR EN EL QUE ACTUALMENTE RESIDE. Numerosas acciones judiciales iniciadas entre las partes ante la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires. Unidad de criterio. Tutela integral y efectiva de los derechos del niño. Necesidad de evitar sentencias contradictorias. SE DECLARA QUE RESULTA COMPETENTE EL JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
Citar: elDial.com - AA9E98
Publicado el 05/05/2017
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Términos mencionados en este fallo: juzgado, nacional, adolescentes, competencia, provincia, corrientes, instancia.