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mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

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Expte. N° 76080-2015 - “S., E. J. y otro c/F., M. F. s/preparación de la vía ejecutiva” – CNCIV – SALA G – 17/05/2017

EJECUCIÓN DE ALQUILERES. Inmueble enajenado por su propietario luego de darlo en locación al demandado. Inicio por el nuevo dueño de un juicio de desalojo por falta de pago. Anoticiamiento de la “traditio brevi manu” al locatario al momento de notificarlo de la demanda de desalojo. Demandado que no acreditó el pago al antiguo locador ni tampoco la restitución del inmueble con anterioridad. Prueba del hecho extintivo del pago a cargo del deudor. Orfandad probatoria. ARTÍCULOS 886 Y 1218 DEL CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Falta de presentación frente a la citación de preparación de la vía ejecutiva. Efectos. SE REVOCA PARCIALMENTE LA RESOLUCIÓN APELADA QUE HIZO LUGAR A LA EXCEPCIÓN DE INHABILIDAD DE TÍTULO. PROCEDENCIA DE LA EJECUCIÓN PROMOVIDA POR LA ADQUIRENTE DEL INMUEBLE LOCADO. Determinación del período adeudado

Citar: elDial.com - AAA049



Publicado el 26/07/2017

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Términos mencionados en este fallo: inmueble, desalojo, alquileres, demandado, ejecución, locación.



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