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16293/2016/CA1 – “Gamboa Ojeda, Jose Wilmer c/Bosan S.A. s/sumarísimo” – CNCOM- SALA D – 05/12/2017
CONTRATO DE COMPRAVENTA. Compraventa de electrodomésticos. Falta de entrega del bien adquirido. Existencia de una “orden de entrega al portador” para retirar el electrodoméstico. Extravío por parte del cliente. Entrega del bien a una persona desconocida. DERECHOS DEL CONSUMIDOR. Art. 10 bis de la Ley 24240. Procedencia de la demanda. Art. 988 del Código Civil y Comercial de la Nación. Interpretación del contrato conforme al PRINCIPIO IN DUBIO PRO CONSUMATORE. Es una CLÁUSULA ABUSIVA aquella disposición preimpresa en una orden de entrega de producto adquirido que permite que lo comprado se entregue a cualquier persona sin acreditar su identidad. Indemnización. Restitución del precio abonado. Daño moral. Procedencia. DAÑO PUNITIVO. Art. 52 bis de la LDC. Rechazo.
Citar: elDial.com - AAA424
Publicado el 11/12/2017
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Términos mencionados en este fallo: entrega, persona, consumidor, cualquier, contrato, compraventa, adquirido, portador, extravío, ccivycom.