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Reg. N° 1598 - "R. M. C. C/ A. G. A. S/ Reintegro de hijo" – JUZGADO DE FAMILIA Nº 1 DE TIGRE (Buenos Aires) – 13/07/2018 (Sentencia firme)
DEBERES Y DERECHOS SOBRE EL CUIDADO DE LOS HIJOS. Padres separados. Cuidado personal acordado “de palabra”. RETENCIÓN ILÍCITA DE LOS HIJOS POR PARTE DEL PROGENITOR. Medida cautelar. PEDIDO DE REINTEGRO. RECHAZO. Ausencia de presupuestos que admitan tomar una medida tan extrema. Art. 12 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Entrevista. Derecho a ser oídos. ARTÍCULO 706 inc. c del CCCN. Se rechaza la medida. Se ordena a la progenitora iniciar las acciones sobre cuidado personal y régimen de comunicación con asesoramiento letrado. Vía legal que permitirá arribar a una solución estable para el desarrollo de los niños
Citar: elDial.com - AAAAA2
Publicado el 16/08/2018
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Términos mencionados en este fallo: medida, reintegro, derechos, cautelar, personal, presupuestos, solución.