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Expte. Nº 18058 – “T.B.M. s/ materia a categorizar” - JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE ZÁRATE-CAMPANA N° 1 (Provincia de Buenos Aires) - 07/10/2019 (Sentencia no firme)
DERECHO DE SEPULTURA. DEFUNCIÓN FETAL. Orden judicial de inscripción ante el Registro de las Personas de la Provincia de Buenos Aires de una defunción fetal. Proceso voluntario. Arts. 50, segundo párrafo, 51, 88, 95 de la Ley 14.078. PERSONA POR NACER. Derechos personalísimos del “no nato”. Derecho al nombre y al reconocimiento de su cuerpo como cadáver. Arts. 19, 21, 51 y 61 del CCCN. Fallecimiento que no ha sido oportunamente inscripto por causas ajenas a omisión reprochable a la actora
Citar: elDial.com - AAB7CD
Publicado el 08/11/2019
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Términos mencionados en este fallo: derecho, persona, inscripción, personas, provincia, buenos, defunción, registro, sepultura, judicial.