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mayo  20, 2024

(5411) 4371-2806

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CUIJ 13-04825788-1(012053-303952) – “D. E. P. N. - P. A. E. - P. S. E. y P. P. N. R. c/ M. M. B. p/ acción preventiva” – TERCER JUZGADO DE GESTION ASOCIADA DE MENDOZA – 23/10/2019 (Sentencia no firme)

INTERNET. REDES SOCIALES. Derecho al honor. ACCIÓN PREVENTIVA. Publicaciones realizadas en perfil de red social (“Facebook”) de una mujer contra su ex pareja. Publicación de resoluciones en las cuales se hace referencia a procesos judiciales existentes entre las partes. Acusaciones. DAÑO A LOS ACCIONANTES EN SU HONOR Y VIDA PRIVADA. Niños involucrados. Artículo 3 del CPCCyT de Mendoza. Artículos 1710 y concordantes del CCCN. SE ADMITE PARCIALMENTE LA PRETENSIÓN CONTENIDA EN LA ACCIÓN POR TUTELA PREVENTIVA. Se ordena a la demandada eliminar las publicaciones realizadas en su perfil en las cuales se mencione o se haga referencia a los actores. Se ordena abstenerse de realizar nuevas publicaciones al respecto

Citar: elDial.com - AAB8C4



Publicado el 02/12/2019

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Términos mencionados en este fallo: publicaciones, preventiva, realizadas, referencia, acusaciones.



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