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Expte. N° 3235-2007 – “P., G. E. c/ F., C. O. s/ liquidación de sociedad conyugal” - CÁMARA DE APELACIONES EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE JUNÍN (Buenos Aires) – 30/06/2020
RÉGIMEN PATRIMONIAL DEL MATRIMONIO. COMUNIDAD DE BIENES. LIQUIDACIÓN. ACCIONES. SOCIEDAD ANÓNIMA. Demanda incidental promovida por la ex cónyuge. Partición de acciones societarias. Presunción fundada de que la constitución de una sociedad -creada por el demandado y su padre- y el aporte de importantes inmuebles a la misma, tuvo por finalidad sustraer bienes de la masa ganancial. ADMISIÓN DEL PLANTEO DE INOPONIBILIDAD DE LA PERSONA JURÍDICA ESGRIMIDO POR LA ACTORA. Artículo 485 del CCCN. SE REVOCA LA SENTENCIA APELADA. Se dispone que la participación accionaria correspondiente a la accionante, sea determinada por medio de la valuación actualizada del capital social con criterio de liquidación, a practicarse por el perito contador
Citar: elDial.com - AABE19
Publicado el 28/08/2020
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Términos mencionados en este fallo: sociedad, partición, acciones, liquidación, comunidad, comercial, matrimonio, demandado, ganancial, sociedades.